PRONUNCIAMIENTO
- A fin de frenar la expansión del COVID 19 en todo el territorio nacional, mediante Decreto Supremo 044-2020-PCM, el Gobierno ha dispuesto la suspensión de las actividades laborales en el sector público y privado, el aislamiento social obligatorio y el cierre de fronteras por un período de 15 días.
- En ese orden, el Ministerio Público ha suspendido sus labores durante este período, garantizado la plena operatividad en el turno y pos turno fiscal a cargo de las fiscalías penales, así como de las fiscalías de Prevención del Delito y de las fiscalías especializadas (Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar, entre otras), a nivel nacional, incluyendo al personal fiscal y administrativo.
- En ese sentido, se exhorta a las autoridades del Ministerio Público:
- VELAR por la seguridad y salud de los fiscales, personal fiscal y administrativo que se encuentra laborado en el turno y pos turno, garantizándoles condiciones de trabajo seguras contra cualquier tipo de contagio de COVID 19.
- ASEGURARSE que dicho personal cuente con los equipos mínimos de protección como mascarillas, guantes, entre otros, a fin de asegurarles una protección eficaz en su labor de atención a las personas más vulnerables durante la crisis del coronavirus.
Lima, 19 de marzo de 2020
Asociación Nacional de Magistrados del Perú