RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000129-2020-CE-PJ
Resolución de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima
CARTA ABIERTA A LA FAMILIA JUDICIAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA
CARTA ABIERTA A LA FAMILIA JUDICIAL
DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA
El día de ayer cumplimos el penoso deber de informar sobre el fallecimiento de nuestro compañero MANUEL MEIGGS ROJAS. No existen palabras suficientes y apropiadas para brindar consuelo a sus familiares, a quienes se ha hecho llegar nuestras sentidas condolencias. Sólo podemos confiar en que tengan la fortaleza y resignación que les permita superar estos momentos tan difíciles.
En todo momento procuramos ser oportunos y transparentes en la información brindada a la familia judicial de la Corte Superior de Justicia de Lima respecto a las circunstancias que afrontamos, las incidencias producidas y las acciones adoptadas con relación a la pandemia del COVID 19 y su impacto en nuestra institución. Pero a la vez, somos absolutamente respetuosos de la voluntad de las víctimas de dicha enfermedad y sus familiares, y actuamos ceñidos a la normativa que impone la obligación legal de confidencialidad con relación su identidad.
Sin embargo, ante el lamentable deceso de nuestro compañero Manuel Meiggs, están circulando en las redes sociales diversos mensajes -algunos, incluso, provenientes de personajes ajenos a la institución- que además de expresar el pesar por el fallecimiento de un colega, pueden generar natural temor o alarma, por lo que es preciso alcanzar información cierta.
En la Corte se cerraron todas las sedes judiciales desde el día lunes 16 de marzo. Con excepción de los órganos jurisdiccionales de emergencia y algunas pocas áreas administrativas esenciales, todo el aparato institucional suspendió sus actividades, y sólo se admitió la concurrencia física de magistrados, trabajadores y funcionarios en tanto era estrictamente necesaria e inevitable para la operatividad del servicio, mientras no se implementó el trabajo remoto. Actualmente en toda la Corte sólo se requiere de la presencia física constante de cinco trabajadores.
Desde el primer momento se ha brindado los elementos de protección esenciales: alcohol en gel, jabón, mascarillas y guantes, así como se establecieron procedimientos excepcionales para evitar o reducir drásticamente la interacción física con los usuarios u otros operadores de justicia: se suspendió la atención de todas las mesas de partes; se dispuso la presentación de demandas, habeas corpus y requerimientos fiscales, a través de correos electrónicos dedicados; se dispuso que los detenidos por requisitoria no debían ser puestos físicamente a
disposición de los juzgados; se implementó las videoaudiencias a través de una plataforma coordinada con la Gerencia de Informática y procedimientos consensuados con el Ministerio Público, Dirección de Defensa Pública del MINJUS y la PNP; se redujo el número de órganos jurisdiccionales de emergencia (actualmente sólo son tres juzgados y una Sala, que trabajan en remoto), se efectuó una reasignación excepcional de competencias; entre otras medidas, como se deprende de las diversas resoluciones administrativas expedidas hasta la fecha.
Se realizó la desinfección química -no sólo limpieza- de todas las sedes judiciales; y al tomar conocimiento de la confirmación de un caso de contagio en el personal del INPE que labora en la sede Barreto, se produjo una nueva desinfección focalizada, reiterada además en el caso del Juzgado de Turno Permanente, cuyo personal a la fecha ha sido reasignado para hacer también trabajo remoto en sus domicilios. Todas estas medidas, estamos seguros, han contribuido a que, de una población laboral de casi 5,000 personas, entre magistrados y trabajadores, sólo se haya tenido la confirmación de dos trabajadores contagiados, ambos administrativos, pudiendo aseverarse que el origen de su contagio no obedeció a razones ni condiciones laborales.
Ciertamente la Oficina de Bienestar Social, que ha sido para estos efectos reforzada con personal adicional, ha recibido varios reportes de personas que indican manifestar síntomas del coronavirus, todos los cuales han sido debidamente orientados. Cabe precisar que el Ministerio de Salud sólo acepta pedidos de pruebas de descarte efectuados por el mismo interesado o sus familiares, y dicha entidad decide a quién y cuando efectúa la prueba respectiva, según sus protocolos, no reconociéndole iniciativa a ese respecto a los empleadores. Sin embargo, la Corte viene haciendo el seguimiento de dichas solicitudes y el monitoreo de todo el personal que hubiera reportado síntomas, así como efectúa la indagación exploratoria de la salud de las personas de su entorno laboral para identificar y reportar tempranamente las posibilidades de contagio, como pueden dar fe los trabajadores que han sido contactados telefónicamente en más de una ocasión para averiguar sobre su estado de salud. Y todo ello en estricta reserva.
Nuestro compañero Meiggs, quien se desempeñaba como Administrador del sótano de la sede Alzamora Valdez, trabajó sólo hasta el 13 de marzo, es decir, no ha estado ni un solo momento en ninguna sede judicial durante la cuarentena.
El día 27 de marzo la Oficina de Bienestar tomó conocimiento que se encontraba internado en una clínica local, y desde ese momento se estuvo en diaria comunicación con los familiares cercanos (hermana e hija), brindándoles
orientación y apoyo. Al tomar conocimiento de su fallecimiento, igualmente se tuvo comunicación con la familia que reclamó reserva y trato apropiado de la información de su deceso.
Ningún otro trabajador de las diversas áreas ubicadas en el sótano de la sede JAV ha reportado síntoma compatible con el COVID 19. Y el rastreo epidemiológico efectuado, así como el tiempo transcurrido y la desinfección química efectuada, permite afirmar que no existe en dichos ambientes ningún foco infeccioso. Igualmente debemos desmentir que personal de archivo o de CDG -que no trabajan desde el 16 de marzo- haya dado positivo al coronavirus, por lo que desmentimos enfáticamente una versión maledicente en ese sentido.
En la Corte estamos trabajando infatigablemente en la preparación del inevitable retorno laboral, para la oportunidad que las instancias competentes dispongan, teniendo presentes dos ejes fundamentales: la protección del personal judicial en el contexto de lucha contra la propagación del coronavirus, y la operatividad del servicio de justicia, dado su carácter de servicio público esencial, garante de los derechos pero también del necesario orden, ahora indispensable precisamente para evitar la antedicha propagación.
En ese sentido, se han adoptado las medidas necesarias para efectuar con nuestro presupuesto ordinario las adquisiciones de los elementos de seguridad personal recomendados por las directivas de la autoridad de salud, en cantidad suficiente que nos permita su distribución por un período prolongado a la totalidad de magistrados y trabajadores. Para asegurar que los productos adquiridos cumplan las normas técnicas necesarias, se ha contratado el servicio de un profesional, quien además brinda asesoramiento en la elaboración de los procedimientos y protocolos de bioseguridad que se implementarán una vez que se autorice el ingreso del personal y público a nuestras sedes.
Por otro lado, dentro de los límites de nuestra competencia, se están diseñando una serie de medidas de racionalización de la organización y funcionamiento judicial, procedimientos operativos, facilidades técnicas, acciones de personal, atención al público, etc. destinadas a evitar la aglomeración de personal y trabajadores, que serán informadas oportunamente, antes del reinicio laboral. Ya mediante Resolución Administrativa Nro. 130-2020-P-CSJLI, emitida el 13 de marzo, antes del confinamiento, se dispusieron medidas extraordinarias, las cuales vienen siendo revisadas para optimizar su impacto. Al respecto estamos abiertos a las sugerencias que se hagan llegar a fin que las medidas que se implementen sean posibles y eficaces.
Son tiempos absolutamente extraordinarios y difíciles. Es natural que cunda el temor y la incertidumbre. Lo único cierto parece ser el cambio inevitable ya producido: nada volverá a ser como antes, y se hablará de un antes y un después del COVID 19. Pero que la prudencia no se convierta en miedo que paralice, que la alarma no sea fecunda en antagonismos estériles. Hoy más que nunca, el individualismo no tiene cabida, y la solidaridad, pero también la disciplina social basada en la responsabilidad, se imponen como condición fundamental para la propia sobrevivencia de la especie humana.
Tiempos difíciles, sí; grandes problemas, también. Pero con ellos vienen grandes retos y posibilidades, y estamos seguros que la conjunción de mentes y voluntades nos permitirá salir adelante y establecer una nueva normalidad. Todos importamos. Todos debemos ser parte de la solución.
Un virtual abrazo a cada uno de los integrantes de la familia judicial de la Corte Superior de Justicia de Lima y mis más fervientes deseos de salud y bienestar para ustedes y sus seres queridos.
Lima, 17 de abril de 2020.
MIGUEL ÁNGEL RIVERA GAMBOA
Presidente
Corte Superior Justicia de Lima
PRONUNCIAMIENTO